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MODIFICADA 03-Sexenios 2024. Guía general : Criterios generales

Introducción

Resolución de 9 de diciembre de 2024 de la CNEAI por la que se publican los CRITERIOS para la evaluación de la actividad investigadora.

Los criterios generales para todos los campos quedan recogidos en la motivación y en la Sección I de la Resolución y en los diferentes desarrollos legislativos relacionados. Son los que se indican a continuación. 

1-Aportaciones: número y tipo

(Motivación y Sección I, 1)

En general, se amplía el tipo de aportaciones que pueden ser sometidas a evaluación y excepcionalmente el número.

Número de aportaciones:
  1. Deberán presentarse cinco aportaciones principales, que podrán acompañarse de dos aportaciones sustitutorias, seleccionadas por la persona solicitante.
  2. Excepcionalmente, el número de aportaciones podrá ser inferior:
  1. Las aportaciones que se presenten a un sexenio de investigación no podrán presentarse a una posterior convocatoria de sexenios de transferencia.

 

Tipo de aportaciones:
  1. Se amplía para todos los campos el abanico de aportaciones y de posibles medios de difusión que pueden justificar una actividad investigadora durante el periodo evaluado. Se amplía la tipología de las aportaciones que las personas solicitantes pueden someter a evaluación, a través de una consideración más amplia de las aportaciones «extraordinarias», en los términos en los que estas están reguladas en la Orden de 2 de diciembre de 1994 y la Orden CNU/1181/2019, de 3 de diciembre.
  • Aportaciones ordinarias:
  1. Libros, capítulos de libros, prólogos, introducciones y anotaciones a textos de reconocido valor científico en su área de conocimiento.
  2. Artículos de valía científica en revistas de reconocido prestigio en su ámbito.
  3. Patentes, o modelos de utilidad, de importancia económica demostrable.
  • Aportaciones extraordinarias que pueden tener «carácter complementario, salvo en circunstancias especiales apreciadas por el órgano evaluador».
  1. Informes, estudios y dictámenes.
  2. Trabajos técnicos o artísticos.
  3. Participación relevante en exposiciones de prestigio, excavaciones arqueológicas o catalogaciones.
  4. Dirección de tesis doctorales de méritos excepcionales.
  5. Comunicaciones a congresos, como excepción.
  • Nuevas aportaciones válidas -extraordinarias- considerando la "situación general de la ciencia en España" y que en este  momento también pueden justificar actividad investigadora:
  1. Conjuntos de datos.
  2. Metodologías.
  3. Programas de ordenador.
  4. Modelos de aprendizaje automático.
  1. Se aceptará la presentación de aportaciones «extraordinarias» en todos los campos, respetando la especificidad de cada disciplina científica, para iniciar un proceso de progresiva convergencia de los criterios utilizados en los diversos procedimientos de evaluación que tramita ANECA en aplicación de los principios de la LOSU.

2-Combinación de métodos cualitativos y cuantitativos

(Motivación y Sección I, 2)

Las aportaciones solo serán valorables si contribuyen al progreso del conocimiento y presentan impacto científico o social, entendido este último como los beneficios evidenciables que aporta el conocimiento más allá del ámbito académico.

En el proceso de evaluación, se aplicarán métodos cualitativos e indicadores cuantitativos, para lo cual se tomará como referencia la narrativa aportada por la persona solicitante en los “indicios de relevancia e impacto” de cada aportación. En este apartado de la solicitud se defenderá:

  1. La contribución al progreso del conocimiento.
  2. El impacto científico de la aportación, pudiendo hacer uso de diversos indicios como pueden ser:
  • las citas recibidas contextualizadas excluyendo autocitas,
  • de su proyección nacional e internacional,
  • de los proyectos nacionales o internacionales que han financiado la investigación o que se han derivado de ella,
  • del cumplimiento de estándares de ética e integridad en la investigación,
  • de los premios recibidos,
  • de las traducciones de la obra, entre otros.
  1. El impacto social de la aportación, es decir, la contribución de dicha aportación a la generación de impacto social evidenciado, por ejemplo, a través de aportaciones al diseño e implementación de políticas públicas, contribución al desarrollo de soluciones a problemas sociales, contribución al desarrollo de productos y servicios de interés social, o cualquier otro aspecto que se considere relevante.
  2. En la narrativa aportada se hará un uso responsable de indicadores cuantitativos (indicadores bibliométricos normalizados, entre otros).

3-Resultados multidisciplinares e interdisciplinares

(Motivación y Sección I, 3)

Resultados multi-inter-disciplinares:
  • Valoración positiva de resultados de investigaciones multidisciplinares e interdisciplinares: en todos los campos se valorarán positivamente los resultados de investigaciones multidisciplinares e interdisciplinares, como vías con las que responder a la complejidad creciente de los retos que enfrentamos como sociedad.
Campo 0. Interdisciplinar y multidisciplinar:
  • Continua la incorporación en esta convocatoria del «Campo 0. Interdisciplinar y multidisciplinar». A este campo podrán acogerse aquellas personas con una trayectoria investigadora de carácter claramente interdisciplinar. Asimismo, las personas solicitantes podrán presentar sus aportaciones en este campo cuando consideren que, en su conjunto, son de difícil encaje en el resto de los campos por incluir aportaciones a diversas disciplinas (trayectoria multidisciplinar).

4-Lengua de las aportaciones

(Motivación, Sección I 4)

De acuerdo con el artículo 11.5 de la Ley Orgánica 2/2023 de 22 de marzo, se promoverá la investigación en las lenguas oficiales de los territorios nacionales, razón por la que las aportaciones en español o en otras lenguas cooficiales no podrá considerarse un demérito, máxime cuando su utilización en distintos campos científicos evidencie la coherencia y el compromiso que son exigibles con las realidades objeto de estudio.

Además, de acuerdo con el principio de internacionalización establecido en el artículo 4 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, tampoco podrá considerarse un demérito la presentación de aportaciones en la lengua oficial del país en el que se realizó la misma.

No podrá considerarse un demérito:

  • Las aportaciones en español o en otras lenguas cooficiales, máxime cuando su utilización en distintos campos científicos evidencie la coherencia y el compromiso que son exigibles con las realidades objeto de estudio.
  • Las aportaciones en la lengua oficial del país en el que se realizó la misma.

5-Aportaciones y acceso abierto

6-Participación en la aportación

(Sección I, 6)

La persona solicitante deberá haber participado activamente en los trabajos que le dieron origen, concretando su aportación específica a los mismos en los casos de coautoría o autoría múltiple.

  • En el caso de las publicaciones esta información deberá aportarse de acuerdo con la taxonomía CRediT (Contributor Roles Taxonomy, https://credit.niso.org)
  • Si la publicación no requiere esta información o se presenta otro tipo de aportación, deberá incluirse en la narrativa de la solicitud tomando como referencia preferentemente esta taxonomía.
  • Asimismo, en su caso, deberá declararse el uso de Inteligencia Artificial generativa, siempre que afecte al contenido original de la aportación.

7-Indexación en bases de datos: argumento complementario

(Sección I, 7)

En el caso de las publicaciones, su indexación en un determinado repertorio bibliográfico o base de datos puede servir como un argumento complementario en la defensa narrativa que se haga de la aportación, pero no así para obtener de forma automática una valoración positiva de esta, sin tener en cuenta la calidad intrínseca del contenido.

8-Aportaciones: aceptadas y publicadas

(Sección I, 8)

  • Todas las aportaciones deberán estar publicadas o registradas, según la tipología a la que pertenezcan, en los años que se someten a evaluación, ya sea de forma definitiva o, en el caso de las revistas científicas, una vez aceptadas y publicadas en los nuevos sistemas conocidos como publicación continua (forthcoming, online first, in press, etc.),
  • Todas las aportaciones deberán presentar un/el identificador persistente (DOI, Handle, ARK, SWHID o, en general, una URI/URL única permanente) de dicha publicación.
  • En el caso de las contribuciones a programas de ordenador y de los modelos de aprendizaje automático deberán haber tenido lugar durante los años que se sometan a evaluación.

9-Baremo de aplicación y reducciones de la calificación

(Sección I, 9)

Baremo de aplicación

ANECA establecerá el baremo de aplicación en el proceso de evaluación por parte de todos los comités asesores, que se hará público con antelación suficiente a la apertura de la convocatoria. En este baremo se establecerán criterios específicos para cada una de las dimensiones en las que se basa la evaluación.

Baremo de aplicación en la evaluación de la actividad investigadora por los comités asesores, ANECA, diciembre 2024

Para información más detallada, ir a la pestaña Baremo de esta misma guia.

Baremo: circunstancias de reducción de calificación

ANECA incluirá en el baremo como las posibles circunstancias que podrían reducir la calificación ("posibles penalizaciones")

  • Reiteración de publicaciones (mismas revistas y editoriales y números especiales)
  • Conflicto de interés editorial (relaciones entre autores y comités editoriales)
  • Malas prácticas de publicación (duplicación de contenidos, traducción de obra propia, etc.)
  • Procesos de revisión no contrastables

 

10-Dimensiones, métricas y fuentes que avalen la relevancia y el impacto de las aportacionmes

A fin de facilitar la identificación de dimensiones, métricas y fuentes para avalar la relevancia y el impacto de las aportaciones presentadas en todos los campos se remite al apéndice de la resolución.

  • Sala 1, Campus Alfonso XIII
  • Paseo Alfonso XIII, 48
  • Teléfono 968 32 5505
  • 30203 Cartagena
  • Sala 2, Campus Muralla del Mar
  • Plaza del Hospital, 1
  • Teléfono 968 325909
  • 30202 Cartagena
  • craibiblioteca@upct.es
  • Sala 3, Campus CIM
  • Calle Real, 3
  • Teléfono 868 07 1041
  • 30201 Cartagena

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