Se entiende por monitorizar el acceso abierto conocer e porcentaje de documentos que cumplen con el mandato de acceso abierto que les corresponde.
Tal y como se establece en la Política institucional de acceso abierto de 2019, la UPCT pondrá en marcha medidas para controlar la publicación en abierto, principalmente en los casos en los que sea obligatorio. La UPCT hará el seguimiento a los trabajos de investigación publicados y vinculados a proyectos financiados con fondos públicos en España o en la Unión Europea, para lo cual se consignarán los metadatos normalizados correspondientes con los programas, acciones, acrónimos del proyecto, número de acuerdo, fecha de publicación, duración del embargo, etc. Para ello, se realizará un informe anual sobre su cumplimiento que será publicitado.
La visión de la ciencia abierta en el seno de la Unión Europea (CE 2019) en el programa de financiación Horizonte Europa (CE 2020) contempla la exigencia de acceso abierto y el control de su cumplimiento.
La Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) en sus Recomendaciones para la implementación y monitorización del acceso abierto a la producción científica, establece la medición a través de un indicador expresado como cociente entre el número de publicaciones en abierto respecto al total de publicaciones denominado Porcentaje de Acceso Abierto.
Rebiun publicó sus “Recomendaciones sobre la monitorización del acceso abierto” con el objetivo de fomentar la monitorización del acceso abierto por parte de las instituciones.
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