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Dderechos de autor y propiedad intelectual

Protección del derecho de autor

Como se ha dicho anteriormente, no es necesario emprender ningún procedimiento administrativo especial para proteger las obras frente a terceros, pues por el mero hecho de su creación se generan unos derechos a favor del autor.

No obstante, se debe proteger de forma expresa la propiedad intelectual porque previene contra el plagio, al poner en conocimiento del público la existencia de derechos protegidos sobre una obra. Además, se crea una prueba que a futuro puede servir al autor y titular de derechos a defenderse de una infracción o acusación de plagio o piratería. 

En este sentido, la legislación española ofrece una serie de mecanismos de protección de los derechos de propiedad intelectual, existiendo además la posibilidad de acudir a acciones administrativas, civiles y penales. En concreto, la LPI ofrece acciones y procedimientos que no sólo pueden plantearse en los supuestos de infracción de los derechos exclusivos de explotación, sino que también amparan y comprenden los derechos morales, y aquellos actos de desconocimiento de los derechos de remuneración.

En esta sección, nos vamos a centrar en los mecanismos formales de protección y en las entidades que velan por el cumplimiento de las obligaciones legales, sin abordar expresamente el régimen sancionar administrativo o penal. 

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