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Derechos de autor y acceso abierto

Cesión de derechos de autor a editoriales científicas

1-Cesión de derechos a editoriales y revistas

En la mayoría de casos, la publicación de una artículo científico en una revista, o la publicación de un libro científico o capítulo de libro por una editorial, implica la cesión de la titularidad de los derechos de explotación a favor de la editorial. 

Esta cesión puede ser:

  • Cesión exclusiva: el autor pierde todos los derechos de explotación (reutilizar, traducir, difundir, etc.) sobre su obra y por lo tanto sólo puede usarla en aquellos casos permitidos por la ley vigente aplicable (cita, usos privados...).
  • Cesión no exclusiva: el autor mantiene los derechos de explotación y el editor da permisos para la difusión de la obra.

 

3-Acuerdos de transferencia de copyright

  • Un acuerdo de transferencia de derechos de autor o un acuerdo de cesión de derechos de autor es un acuerdo que transfiere los derechos de autor de una obra, del autor a otra parte. Se trata de una opción legal para editores y autores de libros, revistas y también para películas, programas de televisión, videojuegos y otras obras artísticas. 
  • Los acuerdos de transferencia de derechos de autor se realizan por escrito y deben estar firmados por la persona o personas que transfieren los derechos de autor. En el caso de las publicaciones académicas, normalmente deben ser firmados por los autores encabezados por el autor de correspondencia, aunque en algunos casos únicamente firma éste último.
  • Aunque fuera del ámbito académico los acuerdos de transferencia tienen implicaciones económicas y beneficios para el autor, en las publicaciones académicas, en la mayoría de los casos, los acuerdos de transferencia de derechos de autor no implican remuneración al autor.
  • ¿Beneficios para el autor-investigador? Posible reconocimiento personal y promoción profesional. 
  • Estos acuerdos de cesión, son un elemento clave en el actual sistema de comunicación y difusión de las publicaciones científicas y académicas: el sistema de suscripción.
    1. El autor-investigador cede sus derechos en exclusiva al editor.
    2. El editor publica los resultados en revistas de suscripción.
    3. El autor no cobra por los beneficios que su obra pueda producir.
    4. El autor necesita acceder a la lectura de las revistas científicas para sus investigaciones.
    5. La institución del investigador suscribe al editor el acceso a la lectura de dichas revistas.

 

 

2-Cesión exclusiva de derechos

En el caso de las publicaciones científicas, la mayoría de veces, la cesión es exclusiva. El autor por tanto, cede los derechos de explotación en exclusiva al editor: 

  • Reproducción de la publicación
  • Distribución de la publicación
  • Comunicación pública de la publicación
  • Transformación de la publicación

Para la cesión de estos derechos, se firma un contrato entre autor y editor denominado Copyright Transfer Agreement (CTS).

 

4-Ejemplo de acuerdo de transferencia

5-¿Implicaciones para la publicación en acceso abierto?

Si el autor ha cedido los derechos de autor en exclusiva al editor, entre ellos la reproducción y la comunicación pública ¿puede publicar en acceso abierto su publicación? 

  • El depósito de una publicación en un repositorio y su publicación en acceso abierto puede suponer una incompatibilidad con este contrato puesto que la publicación implica:

-depósito de la publicación en el servidor (reproducción)

-lectura libre (comunicación pública)

  • La "reproducción y la comunicación pública"  son dos derechos de explotación que se han cedido al editor.
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